🚓Información para la 108 promoción de ascenso al empleo de cabo🚓

• 📖 OG por la que se determinan los regímenes de prestación del servicio, y la jornada y horario del personal de la Guardia Civil.
• El art. 16 establece: ”el personal que en las festividades de carácter retribuido y no recuperable de ámbito nacional y autonómico que se establezcan en las correspondientes resoluciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, se encuentre en la situación de DISPONIBILIDAD PARA EL SERVICIO, con independencia de que haya prestado un servicio o no, TENDRÁ DERECHO al descanso correspondiente por tal motivo. Se tendrá el mismo derecho en hasta DOS DÍAS de cada año natural con carácter de FIESTAS LOCALES, cuando las mismas cumplan las condiciones establecidas en las disposiciones previstas para el personal al servicio de la Administración General del Estado…”
• 👀OJO: si durante la FASE DE PRESENTE del curso de capacitación para el ascenso al empleo de cabo tuvo lugar algún FESTIVO AUTONÓMICO O LOCAL en tú unidad de destino, TIENES DERECHO a su disfrute hasta el 31/01/2025.